Certificación StartUp

Ley 28/2022, de 21 de diciembre de Fomento del Ecosistema de las empresas Emergentes

Nace con el objetivo de facilitar la creación y el crecimiento de empresas emergentes (startups), así como promover la inversión en innovación, mediante instrumentos públicos que apoyen a este ecosistema empresarial y fortalecer la colaboración público-privada para fomentar su desarrollo.

Para poder beneficiarse de los Incentivos Fiscales y sociales establecidos en dicha ley es necesaria una certificación, que tiene validez en todas las Administraciones, y será la Empresa Nacional de Innovación SME, SA (ENISA) es la responsable de otorgar la susodicha certificación.

Requisitos de las empresas emergentes

  • Empresa de nueva creación con menos de 5 años de antigüedad, 7 para empresas de biotecnología, energía o industriales, y tecnología propia en España.
  • No surgir de operaciones de fusión, escisión, etc. Excepto spin-offs o empresas emergentes.
  • No haber distribuido dividendos o cotizar en un mercado regulado.
  • Tener sede en territorio español y al menos el 60% de la plantilla con contrato laboral en España.
  • Proyecto de emprendimiento innovador y modelo escalable.
  • Volumen de negocio máximo de 5M€/año. 
  • Cumplir con obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  • No estar dirigidas por personas condenadas por delitos específicos ni tener socios con participación del 5% o más condenados por delitos específicos.

¿Qué ventajas supone esto para las empresas?

  • Reducción del tipo impositivo del Impuesto Sobre Sociedades del 25% al 15% a partir del primer año con resultado positivo y hasta los 4 primeros ejercicios con resultado positivo.
  • Exoneración de efectuar los pagos fraccionados del Impuesto Sobre Sociedades, es decir, aquellos pagos aplazados del pago de deudas tributarias
  • Eliminación de determinadas tasas registrales para la constitución de una nueva empresa.
  • Exoneración de la obligación de obtención del NIE en el caso de inversores extranjeros no residentes.
  • Bonificación durante tres años de las cuotas a la Seguridad Social a favor de los emprendedores autónomos que también trabajen por cuenta ajena.
  • Ampliación del importe de la exención, hasta los 50.000 euros de Stock Options a los empleados.
  • Aumento de la deducción por inversión en empresas de nueva creación, incrementando el tipo al 50% y la base máxima hasta 100.000 euros.
  • Facilidad para la prestación de garantías o pagos a cuenta en el caso de concesión de subvenciones.

Otros Servicios

Bonificaciones al personal investigador

Este incentivo permite la reducción de entre un 40% y un 50% de la Base de las Contingencias Comunes que la empresa aporta a la Seguridad Social, para los trabajadores dedicados en exclusiva (con un mínimo del 85%) a actividades de I+D+i. Esta bonificación puede suponer un ahorro de hasta 5.000 € por persona y año para aquellas empresas que empleen a personal investigador.

Más información

Deducciones fiscales I+D+i

Este incentivo permite la obtención de una deducción fiscal de entre un 12% y un 59% de los gastos de I+D+i realizados por las empresas. Desde Aliot Innovación, Identificamos y generamos a nuestros clientes la deducción fiscal por I+D o Innovación Tecnológica, tanto a nivel nacional como en los distintos regímenes forales y acompañamos al cliente a lo largo del proceso hasta la justificación final de la deducción fiscal correspondiente.

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